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Ago 13, 2014
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NOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO!! DOUJINSHI NOOOO! TODO MENOS DOUJINSHIS… YA NO ME IMPORTAN MUCHO LOS MANGAS NUEVOS… PERO LOS DOUJINSHIS… LOS DOUJINSHIS ;W;
Yo creo que el gobierno de japón si se unirá al TPPA, debido a los beneficios económicos que eso implica, pero ojala se permita la flexibilidad suficiente para que el doujinshi y cosplay no desaparezcan, debido a que ya son parte de la cultura japonesa.
es cierto … Estarian cometiendo un grave error si deciden prohibir eso, pues es parte de la cultura del manga y anime. Los fanaticos sienten el usar cosplay o inventar historias paralelas a las originales como un escape del mundo real y dejarse llevar por la imaginacion y las ansias de kerer ser los personajes ficticios. Es muy importante q eso kede para las nuevas generaciones …
Una pequeña precisión. En sentido estricto, el cosplay y el doujinshi persé siempre han constituido infracciones a las legislaciones de derecho de autor, ambos por ser obras derivadas sin autorización del autor de la obra originaria. Una obra derivada es, por ejemplo, una película basada en un libro. En este caso, son obras derivadas un manga basado en otro manga o en un anime (audiovisual) o el cosplay si lo entendemos como representación teatral.
El problema es que el ingreso a Japón en este tratado permitiría a INDECOPI perseguir estas infracciones aún cuando los titulares no las reclamen, es decir, de oficio.
En sentido estricto, el cosplay y el doujinshi per se siempre han constituido infracciones a las legislaciones de derecho de autor vigentes, ambos por ser obras derivadas sin autorización del autor de la obra originaria. Una obra derivada es, por ejemplo, una película basada en un libro (como pasa con Harry Potter), para lo cual se necesita autorización del autor originall.
En este caso, son obras derivadas los doujinshis por estar basados en otro manga, anime (audiovisual), videojuego, etc. O el cosplay si lo entendemos como representación teatral inspirada en cualquiera de estos medios.
Según la noticia de ANN, entiendo que el ingreso de Japón al tratado modifica la legislación de su país y permite que las autoridades sancionen infracciones de oficio, es decir, sin que el autor o el titular reclame la protección de sus derechos.
No me queda claro si esto también repercute en otros países miembros y permitiría que el INDECOPI haga lo mismo en Perú.
Lady Otaku: Hola! Sobre lo de Japón y el copyright, es cierto. En Japón se necesita que el dueño del copyright haga una denuncia si es que se quiere detener un doujinshi o cualquier derivado de su obra, aunque por lo general, los mangaka no tienen problemas con ello (mucho menos con el cosplay), porque se convierten en una forma de difusión. En Japón, muchos mangaka se inician primero en el douijinshi. Con la nueva ley, la fiscalìa podría actuar de oficio, sin necesidad de una denuncia.
Sobre Perú, somos parte de los países de APEC que están negociando en TPPA. Probablemente, el debate se centre en el plano económico, los productos agrícolas, pero en la parte legal, de derechos de autor, también vamos a estar metidos. Ahora, no sé cómo será en Perú la aplicación de una ley así, cuando en nuestro país, la piratería reina a la vista de todos… *I need a lawyer!*
jajajaj a la mayoria de los cosplays peruanos deberian denunciarlos por crimenes contra la humanidad XD.
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